Recursos administrativos en materia de comercio
Información general
Recursos administrativos en materia de comercio
- Ciudadanía
Descripción
Todos aquellos trámites correspondientes al procedimiento de resoluciónd e recursos administrativos, todos aquellos trámites internos y externos. Siguientes actos y resoluciones:
1) Resoluciones en procedimiento sancionador de la Dirección General de Comercio por la comisión de infracciones graves y muy graves en materia de comercio interior.
2) Resoluciones de comunicación de inscripción Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía.
3) Resoluciones que pongan fin al procedimiento de inscripción en el Registro General de Comerciantes Ambulantes de Andalucía.
4) Resolución en el procedimiento de inscripción Registro de Artesanos de Andalucía.
5) Resoluciones de la Dirección General de Comercio, en el procedimiento de solicitud de certificado acreditativo de condición de tienda de conveniencia para los establecimientos comerciales que así lo soliciten.
6) Recurso de alzada Acuerdos de las Juntas Electorales de la Cámaras de Comercio, Industria y Servicios.
7) Resoluciones derivadas de la concesión de subvenciones para pymes comerciales y artesanas de Andalucía, procedimientos de reintegro y procedimientos sancionador.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Requisitos
Escrito de interposición del recurso
Documentación
Todo aquello que establezca la normativa, concretamente lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Por el que se regula la composición de los órganos de gobierno de las Cámara Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía y el procedimiento electoral.
- Orden de 7 de mayo de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la modernización y mejora de la competitividad y a promover el relevo generacional de las PYMES comerciales y artesanas de Andalucía.
- Decreto 63/2011, de 22 de marzo, por el que se regula el Registro General de Comerciantes Ambulantes de Andalucía.
- Decreto 164/2011, de 17 de mayo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía.
- DECRETO 475/2008, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Artesanos de Andalucía y la Carta de Artesano o Artesana y Maestro Artesano
- Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General Técnica (Cód.: A01025770), En concreto, Servicio de Legislación y Recursos.
- Secretaría General Técnica (Cód.: A01025770), Apartado 3.º, número 9, letra f) de la Orden de 9 de mayo de 2019 y D.A única in fine Orden de 7 de mayo de 2020.
- Secretaría General Técnica (Cód.: A01025770).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 1 Mes. Potestativo de reposición
Silencio: Negativo - Plazo: 3 Meses. Alzada
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
CTEICU-Régimen jurídico - enlace al Inventario de Actividades de Tratamiento de Portal web: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/204958.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es Secretaría General Técnica cuya dirección es Calle Johannes Kepler,1. Isla de la Cartuja (41092 – Sevilla) y cuyo correo electrónico es sgt.cteicu@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Calle Johannes Kepler,1. Isla de la Cartuja (41092 – Sevilla) o en el correo electrónico .
dpd.cteicu@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de recursos administrativos en las materias competencia de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, concretamente en materia decomercio, así como para la atención a procedimientos judiciales, personaciones judiciales y defensa jurídica relacionada con los mismos.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal del responsable (RGPD: 6.1.c); el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos (RGPD: 6.1.e); el tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social (RGPD: 9.2.b); el tratamiento es necesario para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones (RGPD: 9.2.f). Asimismo, legitima el tratamiento de sus datos el cumplimiento de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y demás leyes reguladoras de los distintos órdenes jurisdiccionales.
En cumplimiento de las obligaciones legales anteriormente enunciadas, es necesario que la persona interesada proporcione datos de carácter personal para la gestión de recursos administrativos y para la atención a procedimientos judiciales, pudiendo tenerle por desistido en ciertos trámites o verse perjudicado en sus derechos en caso contrario.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
Está previsto ceder o comunicar sus datos a las entidades legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos